
De esta manera, el Gobierno Nacional demuestra el caso omiso y desconocimiento de las numerosas cartas enviadas por parte de la IX Marcha Indígena manifestando las muchas razones por las cuales la Consulta, promovida por el Gobierno, vulnera los derechos de los Pueblos Indígenas, Yuracare, Mojeño y T’simane, que habitan en el Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), pues, la Ley 222 de “Consulta” no ha sido consensuada con dichos Pueblos. Asimismo, la Ley 222 se interpone a la Ley 180 de Protección al TIPNIS, aprobada como resultado de las demandas de la VIII Marcha Indígena, que establece que la carretera Villa Tunari- San Ignacio de Mojos y ninguna otra atravesarán el TIPNIS.
Respuesta de J.R. Quintana a V Inv. dialogo.pdf |
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