jueves, 5 de julio de 2012

Boletín Infomativo Nº 70 de la IX Marcha Indígena

04/07/2012.- Les presentamos el ejemplar Nº 70 del Boletín Informativo de la IX Marcha Indígena: "Por la Defensa de la Vida y la Dignidad, los Territorios Indígenas, los Recursos Naturales, la Biodiversidad, el Medio Ambiente y las Áreas Protegidas, Cumplimiento de la C.P.E. y el Respeto de la Democracia".

FOTO CEJIS

LA IX MARCHA INDÍGENA EMITE CONTRARESPUESTA AL GOBIERNO NACIONAL FRENTE A LA NOTA ENVIADA POR EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA JUAN RAMÓN QUINTANA A LA V CONVOCATORIA DE DIÁLOGO DE LA IX MARCHA INDÍGENA.

Luego de una semana en la ciudad de La Paz y que la V convocatoria de diálogo haya sido enviada al Gobierno Nacional por la IX Marcha Indígena, la Columna ha recibido la nota de referencia en la que el Ministro de la Presidencia niega  nuevamente la posibilidad de entablar un diálogo con el Gobierno Nacional para la atención de la plataforma de demandas, violando los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas a la libre determinación, autonomía, autogobierno, así como el deber que el Estado tiene de respetar la integridad socio cultural y respeto de las instituciones sociales y políticas a las que tienen  derecho como pueblos indígenas reconocidos por la Constitución, el Convenio Nº 169 de la OIT (Ley Nº 1257/91) y la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas de las Naciones Unidas (Ley Nº 3760/07).
En ese sentido, la IX Marcha Indígena ha emitido una contra respuesta al Gobierno Nacional mediante la cual señala que la decisión de no permitir entrar en la Plaza Murillo a la Columna de Marcha, siendo la Plaza un espacio público y patrimonio cultural de todos los bolivianos, bajo el argumento de que la “ensuciarían” y “maltratarían”, como si fuesen animales, es el típico argumento con el cual, durante la Colonia en los siglos XIV y XIX, se impedía ingresar a los indígenas a estos lugares, precisamente porque no era “bien visto” que los indios se mezclen con la gente blanca. Por esta razón ahora Bolivia cuenta con la Ley Nº 045/10, Ley Contra el Racismo y todo Forma de Discriminación Racial.
Asimismo, aseveran que el Ministro de la Presidencia frente al temor de sentarse a debatir abiertamente con la IX Marcha Indígena los temas de la Plataforma, responde con interpretaciones erradas sobre la aplicación y vigencia de los derechos. Señalan que  el movimiento indígena nunca ha desconocido la consulta como una conquista y un derecho fundamental,  sino que la Ley Nº 222 nunca se les consultó, violando con ello la primer obligación que tiene el Estado para los pueblos indígenas del TIPNIS, establecido precisamente en las mismas normas que él Ministro de la Presidencia cita, porque tenemos derecho “A ser consultados mediante procedimientos apropiados … cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles.” (Art. 30 par. II num. 15). También la normativa internacional establece que es deber del Estado a) consultar a los pueblos interesados, … cada vez que se prevean medidas administrativas susceptibles de afectarles directamente.” (Art. 6 num. 1 inc. a). Más allá aún va el artículo 19 de la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas de la ONU la cual establece que “…Los Estados celebrarán consultas con los pueblos interesados … antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado”. cualquier proyecto que afecte sus tierras y territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.” Finalmente el Relator Especial sobre los derechos fundamentales de los pueblos indígenas estableció que “…los Estados deben definir en la ley los procedimientos de consulta requeridos para determinadas categorías de actividades, … que se realizan en territorios indígenas o que los afectan. Dichos procedimientos, previstos en leyes o reglamentos o en mecanismos especiales de consulta, deben por su parte ser elaborados en consulta con los pueblos indígenas.”
Manifiestan que nada de esto se cumplió y a lo que se resisten no es a su conquista histórica como Pueblos Indígenas, si no a que, con una figura que tenga el mismo nombre, se pretenda violar los derechos que una verdadera consulta en su momento debiera haber garantizado y  no caerán en la trampa del fraude que se está pretendiendo montar en el TIPNIS, puesto que, como los mismos spots publicitarios del Gobierno lo dicen, lo que se decidirá en ese proceso es cómo será la “carretera ecológica” y no si los pueblos del TIPNIS la quieren o no.
Sobre los sujetos titulares de los derechos sobre el TIPNIS, nadie niega que los pueblos indígenas sean los dueños del territorio, de acuerdo a la normativa citada por el Ministro de la Presidencia. El detalle es que esos pueblos, en uso de sus derechos a la libre determinación, la autonomía, el autogobierno y el derecho a tener sus propias organizaciones e instituciones, tienen a la Subcentral TIPNIS como su representante legal, quien es depositaria de dicha titularidad a nombre de dichos pueblos. Y los pueblos indígenas son sujetos colectivos integrales, en cuyo concepto comprende población, territorio, cultura, tradiciones, sistema jurídico e instituciones. Separar la organización de la población, diseccionando las personas de sus instituciones representativas, significa desintegrar y desconocer el dominio indivisible que el pueblo objeta sobre su territorio. Aseveran que la posición asumida por el Ministro reproduce exactamente lo que hacían las empresas transnacionales en la época neoliberal. Éstas, cuando las organizaciones se ponían duras en la defensa de derechos, buscaban formas de llegar con prebendas y regalos a las comunidades, corrompiendo a los dirigentes de base para que se pongan en contra y así imponer sus decisiones.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena ese tipo de accionar. Ésta señala precisamente que “…los intentos de desintegración de la cohesión social de las comunidades afectadas, sea a través de la corrupción de los líderes comunales o del establecimiento de liderazgos paralelos, sea a través de negociaciones con miembros individuales de las comunidades … son contrarios a los estándares internacionales.”
Las organizaciones de los Pueblos Indígenas han sido reconocidas por el Estado como titulares de los derechos al territorio y a muchos otros, puesto que los pueblos ejercen sus derechos a través de ellas, y precisamente porque son derechos colectivos y no individuales o la sumatoria de individualidades, las organizaciones e instituciones representativas tienen ese carácter: colectivo.
Aseveran, que no discriminan ni desconocen a la Subcentral Sécure, cuya dirigencia está en la Columna de esta Histórica IX Marcha Indígena Originaria, quien a su vez reconoce plenamente la titularidad de la Subcentral TIPNIS como titular de los derechos del Territorio y al Encuentro de Corregidores como la instancia tradicional máxima de decisión. Pero la Subcentral CONISUR es una organización que aglutina personas individuales (fundamentalmente colonos cocaleros y algunos hermanos indígenas aculturados por los primeros) quienes son colindantes de la TCO TIPNIS, en tanto habitan en parcelas tituladas individualmente en el denominado “Polígono 7” del TIPNIS, zona que si bien sigue siendo Área Protegida, ya no es TCO y ha sido excluida del título, tal como consta en los planos que cursan en el INRA con cargo al Título TCO-NAL 00029. No niegan que puedan ser consultados, ni la titularidad de los derechos individuales a ser indígenas. Pero en el caso de los colectivos, es decir aquellos que se ejercen respecto de los elementos materiales, en este caso el territorio, que poseen como parte de un grupo que comparte historia, cultura e instituciones, solamente pueden ser ejercidos por quienes mantienen esa condición: titulares como PUEBLO INDÍGENA de su territorio en tanto habitan y viven en él. Quienes por propia voluntad han decidido excluirse, es decir renunciar a vivir en comunidad, han perdido al mismo tiempo la posibilidad de ejercer su derecho colectivo a decidir sobre unas tierras las cuales ya, jurídicamente, no les pertenecen.        
Acerca de la Confederación CIDOB, expresan, que es de dominio público que el Ministro de la Presidencia, así como el de Gobierno en persona están financiando la división de la organización, por lo tanto no parece extraño que intenten capitalizar esa inversión económica desconociendo la representación de los pueblos presentes en la IX Marcha Indígena y otorgándosela a quienes, lamentablemente, se han prestado a la vieja estrategia de la corrupción, la cual se creía erradicada de las organizaciones indígenas.
Manifiestan que la invitación a reunirse con los “44 corregidores” parece fuera de lugar, puesto que es parte del proceso de desintegración sociocultural que están realizando en el territorio y viola por tanto los derechos establecidos en el Convenio Nº 169 OIT, cuyo artículo 2 establece que “1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad.” Esta acción debe incluir, dice el Convenio, medidas que “b) promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales… respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones.”
Finalmente, acerca de lo sucedido la noche del pasado sábado 30 de junio del presente año, en el coliseo de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), el intento de secuestro, privación de la libertad y el cohecho parece que es la nueva estrategia de desembarazarse de la IX Marcha Indígena.  Agencia de Hidrocarburos, el Ministerio de Gobierno y funcionarios del Ministerio de la Presidencia y de Gobierno, e incluso los propios ministros en persona, se hicieron presentes para desalojar hermanos del lugar. La reacción a tiempo de la guardia indígena logró frustrar un operativo que tuvo la participación directa de funcionarios públicos. Como sucedía en la época de Sánchez Berzaín, la Fiscalía estuvo al servicio del Gobierno, no atendiendo la denuncia de la Columna de Marcha y peor aún, la propia fiscal quien, cual operadora del Ejecutivo, se hizo presente en el Coliseo para “llevarse” a los compañeros.
MOVILIZACIONES A FAVOR DE LA IX MARCHA INDÍGENA ORIGINARIA
Durante la semana que lleva la Columna en la ciudad de La Paz, diversos sectores sociales se han solidarizado y han manifestado su compromiso y apoyo en las movilizaciones de la IX Marcha Indígena que demanda al Gobierno Nacional un diálogo sin condiciones acerca de sus Plataforma de Demandas.  Esta mañana, la Comisión Política, el Comité de la IX Marcha junto con la Universidad Pública de El Alto (UPEA), la Federación de Juntas Vecinales de la ciudad de El Alto (FEJUVE), el Magisterio y Gremiales se reunieron en el inicio de la Autopista La Paz-El Alto, para dirigirse a la ciudad de El Alto donde realizarónun mitin.
Para el día de mañana, las mujeres de la IX Marcha Indígena en coordinación del Colectivo Feminista Mujeres Creando tienen previsto realizar una movilización denominada “TODAS SOMOS BERTHA”.  Esta es una marcha de protesta ante las denuncias vertidas sobre la dirigenta y Presidenta de la IX Marcha Indígena Originaria Bertha Vejarano, el trayecto será desde la plaza Garita de Lima hasta el Ministerio de Gobierno.
La intención de las mujeres indígenas de la IX Marcha Indígena Originaria y de las integrantes del Colectivo Mujeres Creando es manifestarleal  Presidente del Estado Plurinacional Evo Morales que “tener a Bertha Bejarano como interlocutora lo honra, lo que lo deshonra es la incapacidad de dialogar, de responder y de respetar a la dirigencia de la marcha” indicó la integrante del Colectivo, María Galindo, “creemos  que es muy grave que se criminalice a Bertha Bejarano y justamente, estamos organizando la marcha de las Berthas, todas somos Bertha Bejarano, el caso de Bertha es mucho más grave, lo que se está criminalizando es la pobreza.  Ser mula  o haber sido mula,  es el caso de miles de mujeres en nuestro país (…)” señaló.
Por último, un pronunciamiento de colectivos, activistas e individualidades en defensa del TIPNIS ha sido emitido, mediante el cual manifiestan a la opinión pública que; noexiste intento de golpe de estado, rechazan la criminalización de la protesta, denuncian las estrategias de desgaste y divisionismo,  expulsan a la vieja derecha oportunista y exigen a la dirigencia de la COB que debe cumplir con el mandato del congreso de apoyo a la IX Marcha Indígena. Finalmente ratifican su compromiso y convicción con la IX Marcha Indígena y la autodeterminación de los pueblos.
Boletín 70 (miércoles 4 de julio).pdf
Boletín Nº 70.doc

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