04/07/2012.- Les presentamos el ejemplar Nº 70 del Boletín Informativo
de la IX Marcha Indígena: "Por la Defensa de la Vida y la Dignidad, los
Territorios Indígenas, los Recursos Naturales, la Biodiversidad, el
Medio Ambiente y las Áreas Protegidas, Cumplimiento de la C.P.E. y el
Respeto de la Democracia".
FOTO CEJIS |
LA IX MARCHA INDÍGENA EMITE CONTRARESPUESTA AL GOBIERNO
NACIONAL FRENTE A LA NOTA ENVIADA POR EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA JUAN
RAMÓN QUINTANA A LA V CONVOCATORIA DE DIÁLOGO DE LA IX MARCHA INDÍGENA.
Luego de una semana en la ciudad de La Paz y que la V convocatoria de
diálogo haya sido enviada al Gobierno Nacional por la IX Marcha
Indígena, la Columna ha recibido la nota de referencia en la que el
Ministro de la Presidencia niega nuevamente la posibilidad de entablar
un diálogo con el Gobierno Nacional para la atención de la plataforma de
demandas, violando los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas a
la libre determinación, autonomía, autogobierno, así como el deber que
el Estado tiene de respetar la integridad socio cultural y respeto de
las instituciones sociales y políticas a las que tienen derecho como
pueblos indígenas reconocidos por la Constitución, el Convenio Nº 169 de
la OIT (Ley Nº 1257/91) y la Declaración sobre los derechos de los
pueblos indígenas de las Naciones Unidas (Ley Nº 3760/07).
En ese sentido, la IX Marcha Indígena ha emitido una contra respuesta
al Gobierno Nacional mediante la cual señala que la decisión de no
permitir entrar en la Plaza Murillo a la Columna de Marcha, siendo la
Plaza un espacio público y patrimonio cultural de todos los bolivianos,
bajo el argumento de que la “ensuciarían” y “maltratarían”, como si
fuesen animales, es el típico argumento con el cual, durante la Colonia
en los siglos XIV y XIX, se impedía ingresar a los indígenas a estos
lugares, precisamente porque no era “bien visto” que los indios se
mezclen con la gente blanca. Por esta razón ahora Bolivia cuenta con la
Ley Nº 045/10, Ley Contra el Racismo y todo Forma de Discriminación
Racial.
Asimismo, aseveran que el Ministro de la Presidencia frente al temor de
sentarse a debatir abiertamente con la IX Marcha Indígena los temas de
la Plataforma, responde con interpretaciones erradas sobre la aplicación
y vigencia de los derechos. Señalan que el movimiento indígena nunca
ha desconocido la consulta como una conquista y un derecho
fundamental, sino que la Ley Nº 222 nunca se les consultó, violando con
ello la primer obligación que tiene el Estado para los pueblos
indígenas del TIPNIS, establecido precisamente en las mismas normas que
él Ministro de la Presidencia cita, porque tenemos derecho “A ser consultados mediante procedimientos apropiados … cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles.” (Art. 30 par. II num. 15). También la normativa internacional establece que es deber del Estado a) consultar a los pueblos interesados, … cada vez que se prevean medidas administrativas susceptibles de afectarles directamente.” (Art.
6 num. 1 inc. a). Más allá aún va el artículo 19 de la Declaración
sobre los derechos de los pueblos indígenas de la ONU la cual establece
que “…Los Estados celebrarán consultas con los pueblos interesados … antes
de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los
afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado”.
cualquier proyecto que afecte sus tierras y territorios y otros
recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización
o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.” Finalmente el Relator Especial sobre los derechos fundamentales de los pueblos indígenas estableció que “…los
Estados deben definir en la ley los procedimientos de consulta
requeridos para determinadas categorías de actividades, … que se
realizan en territorios indígenas o que los afectan. Dichos
procedimientos, previstos en leyes o reglamentos o en mecanismos
especiales de consulta, deben por su parte ser elaborados en consulta
con los pueblos indígenas.”
Manifiestan que nada de esto se cumplió y a lo que se resisten no es a
su conquista histórica como Pueblos Indígenas, si no a que, con una
figura que tenga el mismo nombre, se pretenda violar los derechos que
una verdadera consulta en su momento debiera haber garantizado y no
caerán en la trampa del fraude que se está pretendiendo montar en el
TIPNIS, puesto que, como los mismos spots publicitarios del Gobierno lo
dicen, lo que se decidirá en ese proceso es cómo será la “carretera
ecológica” y no si los pueblos del TIPNIS la quieren o no.
Sobre los sujetos titulares de los derechos sobre el TIPNIS, nadie
niega que los pueblos indígenas sean los dueños del territorio, de
acuerdo a la normativa citada por el Ministro de la Presidencia. El
detalle es que esos pueblos, en uso de sus derechos a la libre
determinación, la autonomía, el autogobierno y el derecho a tener sus
propias organizaciones e instituciones, tienen a la Subcentral TIPNIS
como su representante legal, quien es depositaria de dicha titularidad a
nombre de dichos pueblos. Y los pueblos indígenas son sujetos
colectivos integrales, en cuyo concepto comprende población, territorio,
cultura, tradiciones, sistema jurídico e instituciones. Separar
la organización de la población, diseccionando las personas de sus
instituciones representativas, significa desintegrar y desconocer el
dominio indivisible que el pueblo objeta sobre su territorio. Aseveran
que la posición asumida por el Ministro reproduce exactamente lo que
hacían las empresas transnacionales en la época neoliberal. Éstas,
cuando las organizaciones se ponían duras en la defensa de derechos,
buscaban formas de llegar con prebendas y regalos a las comunidades,
corrompiendo a los dirigentes de base para que se pongan en contra y así
imponer sus decisiones.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena ese tipo de accionar. Ésta señala precisamente que “…los
intentos de desintegración de la cohesión social de las comunidades
afectadas, sea a través de la corrupción de los líderes comunales o del
establecimiento de liderazgos paralelos, sea a través de negociaciones
con miembros individuales de las comunidades … son contrarios a los
estándares internacionales.”
Las organizaciones de los Pueblos Indígenas han sido reconocidas por el
Estado como titulares de los derechos al territorio y a muchos otros,
puesto que los pueblos ejercen sus derechos a través de ellas, y
precisamente porque son derechos colectivos y no individuales o la
sumatoria de individualidades, las organizaciones e instituciones
representativas tienen ese carácter: colectivo.
Aseveran, que no discriminan ni desconocen a la Subcentral Sécure, cuya
dirigencia está en la Columna de esta Histórica IX Marcha Indígena
Originaria, quien a su vez reconoce plenamente la titularidad de la
Subcentral TIPNIS como titular de los derechos del Territorio y al
Encuentro de Corregidores como la instancia tradicional máxima de
decisión. Pero la Subcentral CONISUR es una organización que aglutina
personas individuales (fundamentalmente colonos cocaleros y algunos
hermanos indígenas aculturados por los primeros) quienes son colindantes
de la TCO TIPNIS, en tanto habitan en parcelas tituladas
individualmente en el denominado “Polígono 7” del TIPNIS, zona que si
bien sigue siendo Área Protegida, ya no es TCO y ha sido excluida del
título, tal como consta en los planos que cursan en el INRA con cargo al
Título TCO-NAL 00029. No niegan que puedan ser consultados, ni la
titularidad de los derechos individuales a ser indígenas. Pero en el
caso de los colectivos, es decir aquellos que se ejercen respecto de los
elementos materiales, en este caso el territorio, que poseen como parte
de un grupo que comparte historia, cultura e instituciones, solamente
pueden ser ejercidos por quienes mantienen esa condición: titulares como
PUEBLO INDÍGENA de su territorio en tanto habitan y viven en él.
Quienes por propia voluntad han decidido excluirse, es decir renunciar a
vivir en comunidad, han perdido al mismo tiempo la posibilidad de
ejercer su derecho colectivo a decidir sobre unas tierras las cuales ya,
jurídicamente, no les pertenecen.
Acerca de la Confederación CIDOB, expresan, que es de dominio público
que el Ministro de la Presidencia, así como el de Gobierno en persona
están financiando la división de la organización, por lo tanto no parece
extraño que intenten capitalizar esa inversión económica desconociendo
la representación de los pueblos presentes en la IX Marcha Indígena y
otorgándosela a quienes, lamentablemente, se han prestado a la vieja
estrategia de la corrupción, la cual se creía erradicada de las
organizaciones indígenas.
Manifiestan que la invitación a reunirse con los “44 corregidores”
parece fuera de lugar, puesto que es parte del proceso de desintegración
sociocultural que están realizando en el territorio y viola por tanto
los derechos establecidos en el Convenio Nº 169 OIT, cuyo artículo 2
establece que “1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de
desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una
acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad.” Esta acción debe incluir, dice el Convenio, medidas que “b) promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales… respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones.”
Finalmente, acerca de lo sucedido la noche del pasado sábado 30 de
junio del presente año, en el coliseo de la Universidad Mayor de San
Andrés (UMSA), el intento de secuestro, privación de la libertad y el
cohecho parece que es la nueva estrategia de desembarazarse de la IX
Marcha Indígena. Agencia de Hidrocarburos, el Ministerio de Gobierno y
funcionarios del Ministerio de la Presidencia y de Gobierno, e incluso
los propios ministros en persona, se hicieron presentes para desalojar
hermanos del lugar. La reacción a tiempo de la guardia indígena logró
frustrar un operativo que tuvo la participación directa de funcionarios
públicos. Como sucedía en la época de Sánchez Berzaín, la Fiscalía
estuvo al servicio del Gobierno, no atendiendo la denuncia de la Columna
de Marcha y peor aún, la propia fiscal quien, cual operadora del
Ejecutivo, se hizo presente en el Coliseo para “llevarse” a los
compañeros.
MOVILIZACIONES A FAVOR DE LA IX MARCHA INDÍGENA ORIGINARIA
Durante la semana que lleva la Columna en la ciudad de La Paz, diversos
sectores sociales se han solidarizado y han manifestado su compromiso y
apoyo en las movilizaciones de la IX Marcha Indígena que demanda al
Gobierno Nacional un diálogo sin condiciones acerca de sus Plataforma de
Demandas. Esta mañana, la Comisión Política, el Comité de la IX Marcha
junto con la Universidad Pública de El Alto (UPEA), la Federación de
Juntas Vecinales de la ciudad de El Alto (FEJUVE), el Magisterio y
Gremiales se reunieron en el inicio de la Autopista La Paz-El Alto, para
dirigirse a la ciudad de El Alto donde realizarónun mitin.
Para el día de mañana, las mujeres de la IX Marcha Indígena en
coordinación del Colectivo Feminista Mujeres Creando tienen previsto
realizar una movilización denominada “TODAS SOMOS BERTHA”. Esta
es una marcha de protesta ante las denuncias vertidas sobre la
dirigenta y Presidenta de la IX Marcha Indígena Originaria Bertha
Vejarano, el trayecto será desde la plaza Garita de Lima hasta el
Ministerio de Gobierno.
La intención de las mujeres indígenas de la IX Marcha Indígena
Originaria y de las integrantes del Colectivo Mujeres Creando es
manifestarleal Presidente del Estado Plurinacional Evo
Morales que “tener a Bertha Bejarano como interlocutora lo honra, lo
que lo deshonra es la incapacidad de dialogar, de responder y de
respetar a la dirigencia de la marcha” indicó la integrante del
Colectivo, María Galindo, “creemos que es muy grave que se criminalice a
Bertha Bejarano y justamente, estamos organizando la marcha de las
Berthas, todas somos Bertha Bejarano, el caso de Bertha es mucho más
grave, lo que se está criminalizando es la pobreza. Ser mula o haber
sido mula, es el caso de miles de mujeres en nuestro país (…)” señaló.
Por último, un pronunciamiento de colectivos, activistas e individualidades en defensa del TIPNIS ha sido emitido, mediante el cual manifiestan a la opinión pública que; noexiste
intento de golpe de estado, rechazan la criminalización de la protesta,
denuncian las estrategias de desgaste y divisionismo, expulsan a la
vieja derecha oportunista y exigen a la dirigencia de la COB que debe
cumplir con el mandato del congreso de apoyo a la IX Marcha Indígena.
Finalmente ratifican su compromiso y convicción con la IX Marcha
Indígena y la autodeterminación de los pueblos.
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