viernes, 22 de junio de 2012

Resolución de los Territorios Indígenas TIM 1, TIMI y TIPNIS en respaldo del Subalcalde del Distrito Municipal Indígena TIPNIS, Pedro Tamo Moye

22/06/2012 (Localidad Santa Bárbara).- Los representantes y delegados de la Subcentral del Territorio Indígena Multiétnico TIM 1, Subcentral del Territorio Indígena Mojeño Ignaciano TIMI y Subcentral del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure TIPNIS, encontrándose en plena movilización en la localidad de Santa Bárbara en la IX Marcha Indígena, después del análisis del acto de destitución del Subalcalde del distrito Municipal Indígena TIPNIS, Pedro Tamo Moye por parte del Alcalde de San Ignacio de Mojos Basilio Nolvani Nojune, expresan lo siguiente:
Que, las Subcentrales del TIM 1, TIMI y TIPNIS como representación de las comunidades que forman parte de los Distritos Municipales Indígenas, son las únicas instituciones con la potestad de convocar a las comunidades de los distritos TIM 1, TIMI y TIPNIS respectivamente para nombrar o revocar a sus autoridades ejecutivas de los Distritos Municipales Indígenas.
Que, el Alcalde Municipal Basilio Nolvani Nojune en obediencia a directrices del gobierno central acompaña y colabora con la implementación de una estrategia de manipulación, soborno y engaño a las comunidades del TIPNIS en la búsqueda de doblegar la voluntad de las comunidades indígenas del TIPNIS para que acepten una consulta ilegal y con ella la construcción de la carretera por medio de su territorio (…).
Las Subcentrales Indígenas Mojeñas TIM 1, TIMI y TIPNIS en pleno uso de sus atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado, sus estatutos orgánicos y sus normas y procedimientos propios, Resuelven:
Artículo primero.-Rechazar, rotundamente la destitución ilegal e ilegítima del Subalcalde del Distrito Municipal Indígena del TIPNIS Pedro Tamo Moye quien fuera elegido por normas y  procedimientos propios de las comunidades del Distrito Municipal Indígena al que representa en pleno ejercicio de la democracia comunitaria.
Artículo Segundo.-Denunciar, ante las instancias nacionales e internacionales un nuevo atropello a la legislación vigente a los derechos de los pueblos indígenas y al ejercicio de la democracia comunitaria de los pueblos indígenas Mojeños.
Artículo tercero.-Advertir, que no se permitirá este nuevo atropello a la Constitución Política del Estado, los Convenios y tratados internacionales y nuestros  estatutos orgánicos. En este sentido, no se reconocerá ni se permitirá el ingreso a nuestras comunidades de ninguna autoridad distrital elegida de manera unilateral por el Alcalde Basilio Nolvani Nojune reservándonos además iniciar las acciones legales que la Constitución y las Leyes nos otorga, para sancionar este nuevo atropello a los derechos.
Descarga las resoluciones aquí:


resolucion SubAlcalde-Coroico 1.pdf
resolucion Subalcalde-coroico 2.pdf

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